Otro sobreseimiento por atipicidad de la conducta
On the 8th of May, 2019, in the case “Frutos Julio Cesar Emanuel” el Juzgado Municipal de Faltas No. 1 el 14/04/2025, dictó el sobreseimiento del imputado al estimar que la conducta no era pasible de ser subsumida bajo el tipo infraccional imputado, puesto que el servicio de transporte a través de aplicaciones como Uber es un servicio privado de interés público, alcanzado por las disposiciones de la Ordenanza XVI N° 116, y no por la Ordenanza XVI N° 112, regula el servicio publico de transporte de pasajeros. De esta manera se sostiene el principio de tipicidad y la prohibición de analogía en materia de faltas.