En la causa “David Stefan Ferreira Santos - UBER do Brasil Tecnología Ltda.”, (RTOrd XXXXX-94.2017.5.07.0006), 06/07/2017, el Tribunal desconoció la existencia de una relación laboral entre Uber y el demandante, quien realizó un reclamo laboral con fundamento en su supuesto
En la causa “Marcio Vieira Jacob - Uber do Brasil Tecnologia Ltda. e outros” (expte. N° TST-RR-1000123-89.2017.5.02.0038), 07/02/2020, el Tribunal concluyó que no existe un vínculo o relación de dependencia entre Uber y sus conductores por la ausencia de elementos
En la causa “Ricardo Ramos - Uber do Brasil Tecnologia Ltda” (expte. N° TST-AIRR-10575-88.2019.5.03.0003), 09/09/2020, se reconoció que el conductor tenía tal nivel de autodeterminación a la hora de prestar sus servicios que de ningún modo se podía considerar la
En la causa “Rinaldo de Oliveira Campos vs. Uber do Brasil”, (expte. N° 0010083-81.2019.5.03.0008), 10/04/2019, el Tribunal determinó que no existe subordinación jurídica en la relación entre Uber y el conductor y, por ende, no se trata de un vínculo
En la causa “Andre Sales Monteiro de Castro vs. Uber do Brasil”, (expte. N° 0010591-86.2017.5.03.0011), 15/04/2019, el Tribunal determinó que entre el conductor y Uber no existe relación laboral. En primer lugar, porque los servicios prestados por el conductor no
En la causa “Eutalio Barcelos Camargo vs. Uber do Brasil”, (expte. N° 0010159-65.2019.5.03.0183), 06/03/2019,el Tribunal consideró que la posibilidad que tienen los conductores de escoger la zona geográfica dentro de la cual prestar sus servicios y la libre determinación del
En la causa “Fabio Gil Da Silva vs. Uber do Brasil” (expte. N° 0010148-42.2019.5.03.0181), 21/03/2019, el Tribunal valoró que la aplicación de Uber se limita a vincular a conductores con usuarios, y si bien Uber practica controles, inspecciones y cobros,
En la causa “Rodrido Leonardo Silva Ferreira vs. Uber do Brasil Tecnología Ltda” (Proceso N° 0011359-34.2016.5.03.0112), 23/05/2017, el Tribunal determinó que no existe relación laboral entre el conductor y Uber. Para ello, consideró que no existe subordinación legal del conductor
En la causa “Mauricio de Souza Dinucci vs. Uber do Brasil”, (expte. N° 0101036-14.2017.5.01.00421), 22/03/2019, el Juzgado determinó que entre el conductor y Uber existía una relación contractual autónoma, y no un vínculo laboral. Para así decidir, tomó en cuenta
En la causa “Uber B.V. y otros c/ Aslam y otros”, la Corte Suprema del Reino Unido determinó que los actores que contrataban con Uber eran workers, y no employees, lo que quiere decir que no están en relación de dependencia. (3) ASLAMDescarga -