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Ciudad de Salta
  • El 29/10/2025 la Suprema Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Impugnación en la causa “FABIÁN, NÉSTOR RICARDO; FURLÁN, CRISTIAN PABLO - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD” (Expte. No CJS S-II 890.490/24), en la que se revocó la condena impuesta a un conductor y se ordenó la devolución de lo pagado en concepto de multa, por considerar que la cuestión devino abstracta tras la regulación del servicio de transporte de pasajeros contratado a través de aplicaciones móviles y que éste es legal. Corte Salta (1)Descarga

  • El 28/10/2024 el Tribunal de Impugnación, en el marco de la causa  “Apelaciones Garantías sin preso- Recurso de apelación presentado por el Dr. Fernández, Marcelo en representación de Fabián, Néstor Ricardo; Furlan, Cristian Pablo; contra la resolución 239/24” revocó la condena impuesta al conductor, a quien se lo acusó de prestar un servicio de transporte público de pasajeros sin habilitación utilizando Uber y ordenó  la restitución del dinero abonado en concepto de multa.  Para ello, sostuvo que la falta no se podía tener por acreditada ya que no se había probado

  • El 27/10/2025 el Tribunal de Impugnación confirmó la absolución dictada por el Juzgado de Garantías de 3° Nominación en el marco de la causa “Recurso de apelación presentado por Cazón, Gustavo Fernando con el patrocinio letrado del Dr. Fernandez, Marcelo en contra de la resolución no 396 - Exp 238-714438/24, de autoridad metropolitana de transporte (A.M.T.) - apelaciones garantías sin preso”, por considerar que la cuestión devino abstracta al haberse regulado el servicio y que éste es legal. Cazon Tribuanal Impugnación (1)Descarga

  • El 21/05/2025 el Juzgado de Garantías de 3° Nominación revocó una multa impuesta en sede administrativa y ordenó la inmediata devolución del vehículo, por considerar que la cuestión devino abstracta tras la regulación del servicio de transporte de pasajeros contratado a través de aplicaciones móviles, y que éste es legal. Justicia Garantias Cazon (1)Descarga

  • En la causa “Autoridad Metropolitana de Transporte vs. Uber Technologies I.C. y otros - Por medida cautelar - Competencia”, (Expte. 41158/21), 15/12/2021, la Corte Suprema de Justicia de Salta determinó que, según el art. 4 de la ley 27078, las actividades vinculadas a internet y las telecomunicaciones están sujetas a la jurisdicción federal y que cualquier incidencia será competencia del fuero Contencioso Administrativo Federal. Concluye así declarar la incompetencia de los tribunales provinciales para suspender la aplicación Uber. Por ello, la cuestión de fondo se zanjó en el fuero Contencioso Administrativo

  • En la causa “Recurso de apelación presentado por el Dr. Ret Davalos, Sergio Alejandro en representación de Lavilla Cointte, Joaquin en contra de Resolución 248/23 Exp 238-68484/23 de la Autoridad Metropolitana de Transporte - Recurso de la AMT, GAR - 184523/23”, del 24/07/2023, el juzgado de garantías revocó la sanción aplicada al conductor y dispuso la devolución de las erogaciones efectuadas en concepto de multa. Fundó su resolución en que la actividad no se encuentra regulada a nivel local ni se ha establecido una infracción específica.  Sostiene que la Autoridad Metropolitana de

  • La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de Salta en los autos “Autoridad Metropolitana de Transporte c/ Uber Argentina y/o Uber Technologier s/ Medida Cautelar” (Exp. FSA 5525/2023/CA1) el pasado 30/04/2024, ante un pedido de una medida cautelar para proscribir la plataforma “Uber” en la provincia, sentenció que el bloqueo a aplicaciones y plataformas informáticas debe ser analizado en forma estricta y aplicado con criterio restrictivo, al afectar directamente la libertad de expresión. En base a ello, confirmó el fallo del juez a quo y denegó la medida

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