La jurisprudencia es pacífica: Nueva absolución. La omisión de tratar la prueba ofrecida constituye una grave afectación a la defensa en juicio.
Nuevamente, otro conductor fue absuelto el día 25/03/2024, por el Juzgado en Correccional No. 1 de Mar del Plata en el marco de los autos “Luna Fernando Eduardo s/ Apelación falta municipal” (CAU 15408) al valorarse que la “brevedad en la fundamentación no consiente en modo alguno obviar el tratamiento de los argumentos vertidos por el imputado en el descargo y la valoración de la prueba ofrecida”.