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En la causa “Hussen Miriam Fabiana sobre 6.1.44 – Transporte de pasajeros”, (CAU 20815/2019), 8/11/2019 la Sala I revocó la sentencia de primera instancia que condenó a la conductora por prestar el servicio de transporte de pasajeros sin habilitación, dado que en el acta de infracción no se identificó al pasajero, requisito esencial para la existencia de la actividad de transporte. Además, se indicó que dicha omisión transgredió su derecho de defensa.

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