Se declara la nulidad de la retención de licencia
En la causa “Crocci, Albano sobre 6.1.47 – requisitos de los vehículos de transporte de pasajeros”, (CAU 26630/2022-0), del 30/03/2022, se declara la nulidad de todo lo actuado en sede administrativa porque, al momento de la revisión judicial, la sanción ya se encontraba cumplida al haberse retenido la licencia de conducir. Además señaló que su proceder implicó clara violación al derecho de defensa en juicio, a la garantía del juicio previo y a la presunción de inocencia (artículo 18 de la CN) del presunto infractor. Por último, recordó que no existe ninguna norma que habilite a la UACF a retener la licencia.
