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El 07/10/2024, el Juzgado Municipal de Faltas No. 2, en la causa “Vallejos Marcos Ezequiel”, señaló que la regulación municipal claramente establece que los permisionarios transporte deben ser adjudicatarios de licencias de taxi o remis, vehículos diseñados y destinados exclusivamente para el transporte de personas en el caso de taxis, o bien para el transporte de personas mediante contratos previos en el caso de remises, por lo que en el caso debía sobreseerse al imputado, conductor de UberMoto.

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