Los servicios de Uber y taxi son diferentes (Suprema Corte de Justicia de Uruguay)
En la causa “Alberotti, Roque y otros c/ Gobierno Departamental de Montevideo – Acción de inconstitucionalidad- Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 36.197 de fecha 15 de diciembre de 2016”, 23/11/2019, la Corte explicó las diferencias entre el servicio prestado por los vehículos permisarios de las plataformas electrónicas y la actividad de los taxis, por lo que el legislador puede regularlos de manera diferente y ello no supone vulnerar el principio de igualdad.
