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El 02/10/2024, el Juzgado Municipal de Faltas No. 2, en la causa “Piris Néstor Gabriel”, estimó que en el caso, el hecho descripto en el acta de infracción no podía ser considerado una infracción, ya que el vehículo involucrado —una motocicleta—, no se ajusta a la definición convencional de un vehículo de transporte de pasajeros, por lo que procedió a desestimar el acta.

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