Otra vez más se resuelve que la devolución inmediata del vehículo debe realizarse sin pago previo de la multa (Tucumán)
En la causa «Gesavan Luciano Alfredo s/Recurso de queja por apelación denegada”, (Expte. 2087/2022), 28/09/2022, el Juzgado ordenó que se le restituya al conductor el vehículo y se le conceda el recurso de apelación, sin requerir el pago previo de la multa. Agrega que si el Juzgado Municipal de Faltas pudiera exigir por sí y ante sí el pago de la multa, que no está firme y no ha sido revisada por ningún órgano judicial, y pudiera rechazar el recurso que se interpone contra ella por no haberla pagado, estaría violando la exigencia de que exista un “control judicial suficiente” de la Administración.
