Una vez más se determinó que Uber no evadió aportes de la seguridad social: los conductores no son sus empleados (Juzgado Nacional en lo Penal Económico)
En la causa “Uber argentina s/ inf. ley 24.769”, (CPE 524/2019/2), 28/12/2020, el Juzgado hizo lugar a la excepción por falta de acción, sobreseyendo a los imputados por los delitos de evasión tributaria agravada, evasión previsional agravada y apropiación indebida de recursos de la seguridad social. La decisión se fundó en el pedido de sobreseimiento del fiscal de la acción penal, quien dictaminó que no existe relación de dependencia entre Uber y los conductores por no verificarse los requisitos de una relación laboral.
