Tribunal de Mendoza rechaza acción de amparo solicitada por APROTAM
En la causa “Asociación de Propietarios de Taxi de Mendoza (APROTAM) c/ Gobierno de la Provincia de Mendoza p/acción de amparo”, (CAU CUIJ N° 13-04464442-2), 14/05/2019, el Tribunal rechazó la acción de amparo interpuesta por Asociación de Propietarios de Taxis de Mendoza, considerando que en el caso concreto la vía elegida no califica, en caso en el particular como la más idónea. Alude a que en ninguno de los expedientes acumulados, los actores han justificado cual era el daño grave e irreparable que le ocasionaba plantear la cuestión por medio de la acción declarativa de inconstitucionalidad. Además, hace hincapié en que para que la vía del amparo proceda el acto impugnado debe adolecer de arbitrariedad o ilegalidad en grado manifiesto, señalando que ni la Ley 9086 ni su decreto reglamentario sean arbitrarios o ilegales.
