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En la causa “K., T. y otros«, (CCC 29155/2016/CA1), 3/11/16, la Cámara confirmó lo resuelto por el Juzgado anterior, reconociendo la legalidad de Uber. Agregó también que no se configuró delito de desobediencia por continuar operando a pesar de las órdenes cautelares dictadas por juzgados y autoridades administrativas de la CABA.

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