Restitución sin pago previo, ni constitución de garantía prendaria, en consideración de la discapacidad de un miembro del grupo familiar
En el marco de la causa “Gomez Nestor Fabian” (F0055287), el 19/06/2025, el Juzgado Municipal de Faltas N°3 de la Ciudad de Córdoba ordenó la inmediata restitución del vehículo retenido sin exigir pago previo de la multa en virtud de que la hija del presentante padecía una discapacidad. De este modo se difirió tanto el pago de la multa, traslado y la estadía del vehículo hasta tanto recaiga resolución firme y definitiva que declare la procedencia de la multa. Para ello citaron el fallo “Arévalo, Braian Sebastian” (también publicado en la web).