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En la causa “Melucci Leandro s/apelación falta municipal”, (CAU 16071), del 11/05/2023, el Juzgado absolvió al imputado entendiendo que surge del caso que el encartado ha ofrecido distintos medios de prueba e introdujo diversas cuestiones en su descargo en contra de lo plasmado en el acta. Además, enfatizó en que el descargo que puede efectuar el infractor es un derecho constitucional que no puede ser restringido.

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