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El 03/10/2024, el Juzgado Municipal de Faltas No. 1, en la causa “Caballero Marisol Itatí”, valoró que: (i) al día de la fecha no se ha dictado reglamentación de la ordenanza XVI N° 116; (ii) aún no se ha creado una autoridad de aplicación para verificar el cumplimiento de la ordenanza; (iii) no se hallaba clara la circunstancia si el servicio prestado era un servicio público de pasajeros, o bien a través del uso de plataformas electrónicas, o uno particular que no requiere habilitación; y (iv) no se pueden aplicar ordenanzas por analogía, y en caso de duda se debe estar a favor del imputado, por lo que procedió a sobreseer al imputado.

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