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En el marco de la causa “Martinez, Leonardo Alberto s/ Recurso De Apelacion Art. 23 Inc. 5 C.P.”, Expte. 5772/2024, sentencia del 14/10/2024, el Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte de Tierra del Fuegosobreseyó al imputado, recordando que el tribunal ya se expidió en el precedente “Quisbert, Alejandro Javier s/ recurso de apelación art. 32 inc. 5º C.P”, Expte. 5635/2023. Reiterando lo expuesto en dicho precedente, el juzgado afirmó la legalidad de Uber y que la Ord. 3548/2016 —que prohíbe la prestación de servicios de transporte de pasajeros utilizando aplicaciones de telefonía celular— viola el derecho a trabajar, a ejercer industria lícita, a la libertad de contratación y de asociación, al principio de razonabilidad de las normas y a la igualdad jurídica. 

En ese entendimiento, ordenó hacer saber al Tribunal administrativo Municipal de Faltas que las decisiones que adopte en el futuro sobre el tema deberán adecuarse al precedente “Quisbert”

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