El Consejo de París afirma que el conflicto entre Uber y los conductores es comercial, no laboral (Francia)
En la causa “Judgment on the lack of subject-matter jurisdiction Ruling at first instance and in contested proceedings”, (File No. F 17/04674), 28/06/2018, el Tribunal concluye que: (i) el contrato que une al conductor con Uber es de naturaleza comercial; (ii) carece de jurisdicción en razón de la materia, al no tratarse de un conflicto laboral; (iii) el asunto debe ser remitido al Tribunal de Comercio de París, que tiene jurisdicción exclusiva para determinar el cumplimiento por las partes de sus contratos.
