Es constitucional regular a Uber y a los taxis de manera diferenciada (Suprema Corte de Mendoza)
En la causa “Asociación de Propietarios de Taxi de Mendoza – APROTAM c/ Gobierno de la Provincia de Mendoza p/ acción de inconstitucionalidad”, (CAU CUIJ N° 13-04410472-9), 19/05/2022, la Suprema Corte de Mendoza rechazó la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Asociación de Propietarios de Taxis de Mendoza en contra de la Ley de Movilidad de la Provincia de Mendoza 9086 que reguló el servicio de transporte privado a través de plataformas digitales, en la medida en que el legislador puede regular de manera distinta servicios distintos y no por ello existe una competencia desleal o una violación al principio de igualdad.
